El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con Fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1.- Prohíbase en las dependencias oficiales de todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, la práctica del sacrificio de perros y gatos, como así también, todos los actos que impliquen malos tratos o crueldad, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nacional Nº 14346.
ARTÍCULO 2.- Es objetivo de la presente Ley que los municipios y comunas de la Provincia logren alcanzar el equilibrio de la población de perros y gatos.
ARTÍCULO 3.- Establécese la práctica de la esterilización quirúrgica como único método para el control del crecimiento poblacional de perros y gatos, en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 4.- Declárase obligatorio en la Provincia el tratamiento antiparasitario de los perros y gatos, así como la aplicación de todos los métodos preventivos contra las zooantroponosis.
ARTÍCULO 5.- La Autoridad de Aplicación coordinará con los ejecutivos municipales la implementación y difusión masiva de las actividades a realizar para el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
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1 comentario:
Qué bueno! Siempre me pareció una ciudad protectora de los animales y siento que cada vez va a lograr cuidarlos más y mejor. Es una de las pocas en América del Sur que tienen este tipo de leyes. Me acuerdo cuando estaba buscando alquiler de departamentos en Buenos Aires y tenía que andar mucho por la calle vi que no habían muchos perros abandonados. Dicen que la gente ahí quiere mucho a estos animalitos y los adoptan todo el tiempo. Tienen un gran corazón!
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